sábado, 15 de enero de 2011

El Tribunal Constitucional ordena la aplicación de la sentencia europea del canon

Reynaldo Cordero obtuvo, ya en 2005, una sentencia en la que se ordenaba que la tienda le devolviera el importe de 1,72 euros que había pagado en concepto de canon con la compra de un pack de 10 CDs. A la SGAE no le gustó nada no haber sido parte en el procedimiento y recurrió en amparo ante el Tribunal Constitucional. El pasado 5 de enero, el BOE publicó la sentencia del Tribunal Constitucional y si bien éste le da la razón a la SGAE, también advierte al Juzgado que vaya a juzgar nuevamente el tema que debe aplicarse la sentencia europea sobre el canon. En la práctica, implica que si se demuestra que Reynaldo Cordero usó los CDs para distribuciones linux, o para cualquier uso privado, no le será aplicable el canon y tiene derecho a su devolución. Es una magnífica noticia después de una lucha legal que comenzó el 30 de agosto de 2003. Más información en Derecho de Internet

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